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¿ESO ESTÁ SUCEDIENDO EN EL MUNDO?

Personal Obrero del MPPE



SECCIÓN PARA EL PERSONAL OBRERO DEL MPPE




SINDICATO DE OBREROS SUBTIEZ
AV. HATICOS POR ABAJO, DETRÁS DE LA IGLESIA  LA ASUNCIÓN MARACAIBO-ESTADO ZULIA.


CONSULTAS LABORALES EN HORAS DE OFICINA:
HEDILBERTO FUENMAYOR (Presidente): 0416-5039240
DIRECTO DE LA OFICINA:  0261-4176276





FEDERACIONES QUE AGRUPAN AL PERSONAL OBRERO

NOMBRE DE LA FEDERACIÓN
SIGLAS
Federación de Trabajadores de Institutos Educacionales de Venezuela
FTIEV
Federación Bolivariana de Trabajadores (as) del Sector Público
FENARBOTRASEP
Federación Nacional de Obreros Bolivarianos del Ministerio de Educación y Deportes
FENOBOLMED






FORMATOS ORIGINALES, REQUISITOS Y ASESORÍA PARA LLENARLOS ESTÁN DISPONIBLES EN NUESTRA SEDE PARA TODO EL PERSONAL DEL MPPE


SI TIENEN ALGUNA PREGUNTA QUE HACER... POR FAVOR ENTREN EN MI CUENTA TWITTER (@hubert_4).






ALGUNOS LOGROS DEL CONTRATO COLECTIVO UNIFICADO DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE LA EDUCACIÓN 2016-2018.


BENEFICIOS DE CARÁCTER REMUNERATIVO

  • TABULADOR SALARIAL
El ajuste del tabulador salarial en cada uno de sus pasos y escalas: Todos los aumentos que decrete el Ejecutivo Nacional se reflejarán  proporcionalmente a toda la escala y escalafones del tabulador automáticamente después de ser decretado.

  • PRIMA DE ANTIGUEDAD
La prima de antigüedad es pagada a razón de 30 Bs. Por cada año de servicio y a partir del 01 de Marzo del 2016, se logró el aumento porcentual por año de servicio a cada trabajador y trabajadora el cuál será pagado mensualmente y calculado en base al salario básico el mismo formará parte del salario integral. Y se determinara de la siguiente manera:

AÑOS DE SERVICIO
%
AÑOS DE SERVICIO
%
1
1%
13
15.2%
2
2%
14
16.6%
3
3%
15
18%
4
4%
16
19.6%
5
5%
17
21.2%
6
6.2%
18
22.8%
7
7.4%
19
24.4%
8
8.6%
20
26%
9
9.8%
21
27.8%
10
11%
22
29.6%
11
12.4%
23 en adelante
30%
12
13.8%



  • PRIMA POR GASTOS DEL HOGAR
Actualmente es pagada la cantidad de 200 bs. Mensuales y se logró el incremento de 6 veces del pago actual y forma parte del salario integral de los trabajadores y las trabajadoras, quedando establecido de la siguiente manera:
2015
2016
2017
200 Bs. / mensual
750 Bs. / mensual
1.200 Bs. / mensual


  • PRIMA DE TRANSPORTE
Por este beneficio se percibe la cantidad de 300 Bs. mensual y  se ha logrado  incrementar 8 veces de la cantidad actual  y formará parte del salario integral de los y las trabajadoras dependientes del MPPE,  de la siguiente manera:
2015
2016
2017
300 bs/mensuales
1.700 bs/mensuales
2.400 bs/mensuales
 

  • PRIMA GEOGRÁFICA
Corresponde a las y los trabajadores activos que ejerzan funciones en planteles que por su situación geográfica, comprendan zonas rurales, fronterizas, indígenas, insular penitenciarias y de difícil acceso.

20 % MENSUAL SOBRE EL SALARIO BASE



  • COMPENSACIÓN ACADÉMICA (PROFESIONALIZACIÓN)
PORCENTAJE SOBRE EL SALARIO BASE
TSU
12 %
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
15%
POSTGRADO
20%


  • BONO VACACIONAL PARA TRABAJADORES ACTIV@S
ANTES
AHORA
CUARENTA (40) DÍAS DE SALARIO INTEGRAL
CINCUENTA (50) DÍAS DE SALARIO INTEGRAL

Con respecto  al disfrute de las vacaciones: Para las y los trabajadores que participan del proceso social del trabajo en las sedes central y administrativas.

ANTES
AHORA
TREINTA (30) DÍAS HÁBILES
TREINTA Y CINCO (35) DÍAS HÁBILES

Para las y los trabajadores que participan del proceso social del trabajo en planteles educativos.

ANTES
AHORA
inicio de las vacaciones dos (2) días después del final del calendario escolar y culminación de las vacaciones dos (2) días antes del inicio del siguiente año escolar
inicio de las vacaciones un () día hábil después del final del calendario escolar y culminación de las vacaciones un (1) día antes del inicio del siguiente año escolar


  • PAGO DE TREINTA (30) DÍAS DE SALARIO INTEGRAL/BONO DE ÚTILES ESCOLARES

  • PAGO DE SESENTA (60) DÍAS DE SALARIO INTEGRAL POR BONO DE UNIFORMES



  • BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
La bonificación está dirigida a las y los trabajadores activos, jubilados y pensionados. En la actualidad las y  los trabajadores activos perciben el pago de 90 días en base a salario integral.  Y fue aumentado de la siguiente manera:

2015
2016
2017
90 días de salario integral
105 días de salario integral
120 días de salario integral

NOTA: Los Jubilados, Pensionados y Sobrevivientes recibirán bonificación equivalente calculada con base a su asignación mensual.

  • COMPENSACIÓN POR SERVICIO EFICIENTE (EVALUACIÓN)
Se conformará una comisión a fin de realizar una revisión de los instructivos que regulan el sistema de evaluación de eficiencia del personal obrero de la administración pública. Todo ello con la finalidad mejorar las condiciones de esta cláusula.


  • APORTE PATRONAL A LOS SOCIOS DE LA CAJA DE AHORRO
El Ministerio del Poder Popular para la Educación acordó en la Convención Colectiva Única y Unitaria de los trabajadores y las trabajadoras de la Educación, que aportará mensualmente a las y los trabajadores asociados o que se asocien, ya sea activo, contratado, jubilado o pensionado. El catorce por ciento (14%) a partir del año 2017.

2015
2017
12%  Mensual
14%  Mensual




BENEFICIOS SOCIALES NO REMUNERATIVO


  • CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL
EL MPPE se compromete a garantizar las instalaciones de  centros de educación inicial próximos al lugar de residencia o de trabajo, de las y los trabajadores. En los casos por los cuales por situaciones ajenas a la voluntad de las partes, no sea posible la incorporación de las niñas y niños a los referidos centros de educación inicial,  el trabajador recibirá el cuarenta por ciento (40%) de salario mínimo como contribución por concepto del referido beneficio.  

  • CONTRIBUCIÓN ASISTENCIAL PARA LAS Y LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS
Las y los trabajadores jubilados y pensionados perciben el pago de 1.000 Bs. mensuales, se ha logrado un aumento significativo de esta contribución y quedará de la siguiente manera:

2015
2016
2017
1.000 Bs. / mensual
4.000 Bs. / mensual
5.100 Bs. / mensual


 
  • CLÁUSULA NUEVA CONTRIBUCIÓN PARA LA ATENCIÓN DE HIJOS E HIJAS CON DISCAPACIDAD GRAVE O SEVERA
Se pagará a las y los trabajadores, activos, jubilados y pensionados una contribución especial equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo.
NOTA: El pago se otorgará previa presentación del certificado y calificación de persona con discapacidad emitido por el CONAPDIS o los centros de atención hospitalaria acreditados a tal fin, que deberá ser consignada para su tramitación ante la oficina de gestión humana del MPPE. El beneficio será pagado a partir de la fecha en que se consigne el certificado. 


  • CONTRIBUCIÓN POR MATRIMONIO
En la actualidad los trabajadores y las trabajadoras perciben la cantidad de 3.500 Bs. Y fue aumentado 3.6 veces de su pago actual, quedando establecido de la siguiente manera:
2015
2016
2017
3.500,00
8.000,00
12.800,00

NOTA: CON RESPECTO AL PERMISO POR MATRIMONIO O CELEBRACIÓN DE UNIONES ESTABLES DE HECHO AUMENTO EL NÚMERO DE DÍAS DE LA SIGUIENTE MANERA:

DÍAS DE PERMISO (ANTES)
DÍAS DE PERMISO LOGRADOS
12 DÍAS CONTINUOS
20 DÍAS HÁBILES
 (PARA LA LUNA DE MIEL)



  • CONTRIBUCIÓN POR NACIMIENTO Y PERMISO PRE Y POST NATAL
En la actualidad los trabajadores y  las trabajadoras perciben la cantidad de 1.500 Bs. Y fue aumentado 8,4 veces de su pago actual, quedando establecido de la siguiente manera:

2015
2016
2017
1.500,00
8.000,00
12.800,00

NOTA: Si ambos padres trabajan al servicio del ministerio de educación la contribución se pagará a cada uno de ellos. Las y los Trabajadores que se les conceda un niño o niña en adopción disfrutarán también de este aporte. 

CON RESPECTO AL PERMISO PRE Y POST NATAL

PRE NATAL
PRE NATAL (ANTES)
PRE NATAL (AHORA)
SEIS (6) SEMANAS
SESENTA (60) DÍAS HÁBILES

POST NATAL
POST NATAL (ANTES)
POST NATAL (AHORA)
VEINTE (20) SEMANAS
NOVENTA (90) DÍAS HÁBILES

Los permisos pre y post natal concedidos a las madres pueden ser acumulables o no, conforme a su voluntad y autorización médica.
Permiso post natal para el padre: se establecen veinte (20) días continuos, posteriores a la fecha de nacimiento. En caso de parto múltiple el permiso de paternidad remunerado será de treinta (30) días continuos. 
Permiso por adopción: se establecen veintiséis (26) semanas continuas para las trabajadoras (madres) que se les conceda la adopción siempre y cuando el niño o niña sea menor de tres (3) años. y en caso de padres trabajadores que se les conceda la adopción se establecen veinte (20) días hábiles de permiso a partir del momento que se acuerda la sentencia definitivamente firme por el tribunal de protección de niños, niñas y adolescentes.   


  • CONTRIBUCIÓN POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR
En la actualidad los trabajadores y las trabajadoras perciben la cantidad de 1.500 Bs. Y fue aumentado 8,4 veces de su pago actual, quedando establecido de la siguiente manera:

2015
2016
2017
1.500,00
8.000,00
12.800,00

PERMISO POR FALLECIMIENTO DE FAMILIARES (PADRES, HIJOS, HERMANOS, CÓNYUGES O PERSONA CON QUIEN MANTENGA UNIÓN ESTABLE DE HECHO).

SI OCURRE EN LA MISMA ENTIDAD FEDERAL DONDE PRESTA SERVICIOS

ANTES
AHORA
SIETE (7) DÍAS CONTINUOS
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES

SI OCURRE EN UNA ENTIDAD FEDERAL DISTINTA A LA QUE PRESTA SERVICIOS

ANTES
AHORA
TRECE (13) DÍAS CONTINUOS
VEINTE (20) DÍAS HÁBILES

SI OCURRE EN EL EXTERIOR

ANTES
AHORA
NO TENIAMOS DÍAS DE PERMISO
TREINTA (30) DÍAS HÁBILES

  • CONTRIBUCIÓN A LA SEMANA MAYOR
En la actualidad los trabajadores y  las trabajadoras perciben 2.500 Bs.  Por este concepto. Ahora este beneficio lo recibirán los activos, contratados, jubilados y pensionados, de la siguiente manera:

2015
2016
2017
2.500 Bs.
8.000 Bs.
10.000 Bs.



  • CONTRIBUCIÓN NAVIDEÑA
Cláusula que sustituye a los juguetes de navidad para los hijos de los trabajadores, en la actualidad los trabajadores y  las trabajadoras perciben  por este concepto la cantidad de 3000 Bs. Ahora Este beneficio lo recibirán los activos, contratados, jubilados y pensionados, de la siguiente manera:

2015
2016
2017
3.000 Bs.
10.000 Bs.
11.000 Bs.


  • BONO RECREACIONAL
El MPPE Conviene en Pagar como Bono Recreacional a las y los Jubilados y Pensionados equivalente a  CINCUENTA (50) DÍAS de salario, calculado sobre el monto total de la asignación recibida en el mes de junio. El pago del bono recreacional será en la primera quincena del mes de julio de cada año.

 


  • BONO DE ALIMENTACIÓN (CESTA TICKET)
Actualización inmediata en su justo valor a razón diaria de (2.5) de la unidad tributaria para el cálculo del bono de alimentación (cesta ticket): Nuestros trabajadores y trabajadoras lo cobrarán permanentemente aun estando de reposo, vacaciones, permisos.
Cabe destacar que se logró plasmar en la convención que dicho beneficio sea depositado en efectivo en la cuenta nómina de cada trabajador(a). 


  • CLÁUSULA NUEVA CONTRIBUCIÓN POR INICIO DE AÑO
El Ministerio del Poder Popular para la Educación acordó en la Convención Colectiva Única y Unitaria de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Educación, que pagará a cada Trabajador y Trabajadora Activo, Jubilado y Pensionado una Compensación Única equivalente a dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) que será pagada en enero del año 2017.   


  • COMPENSACIÓN ÚNICA POR LA "CELEBRACIÓN" DE LA FIRMA DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA
El Ministerio del Poder Popular para la Educación acordó en la Convención Colectiva Única y Unitaria de los trabajadores y las trabajadoras de la Educación, el pago a cada trabajador(a) (ACTIVOS Y JUBILADOS),  la cantidad de: Diez Mil Bolivares.       (10.000 Bs.)

 


  • BECAS
Se aumentó significativamente la contribución por becas  para todos los trabajadores y trabajadoras activos que tengan hijas o hijos menores de edad, para incentivar su estudio, quedo establecida de la siguiente manera:

ANTES
AHORA
450 Bs. Anuales
300 Bs. Mensuales


 



CONDICIONES PARA EL BUEN VIVIR DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES


  • PLAN DE LA GRAN MISIÓN VIVIENDA VENEZUELA
EL MPPE gestionará ante el ministerio del ramo, la adjudicación de viviendas para las y los trabajadores. Al mismo tiempo propondrá conjuntamente con las organizaciones sindicales signatarias (FETRAEDUCACIONALES Y CACRETE), proyectos de Construcción y Autoconstrucción de Viviendas. 

  • PROGRAMAS DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS
Las partes convienen en iniciar un programa de distribución de alimentos de primera necesidad, en coordinación con el Ministerio del Poder popular para la Alimentación.

  • PLAN DE RECREACIÓN Y TURÍSMO
Participaremos activamente en la elaboración de una propuesta  de programa de convenios con instituciones del estado nacional con competencias en materia de turismo, deporte y cultura a fin de garantizar la recreación para el buen vivir en beneficio de las y los trabajadores activos, jubilados y pensionados. 


  • JUEGOS DEPORTIVOS DE TRABAJADORE(A)S DEL MPPE
Participaremos en los juegos nacionales, regionales y municipales en las diferentes disciplinas.

  • SISTEMAS NACIONAL DE ORQUESTAS Y COROS JUVENILES E INFANTILES
Apoyaremos la participación de las niñas, niños y adolescentes, hijas e hijos de las y los trabajadores activos, jubilados y pensionados afiliados a FETRAEDUCACIONALES Y CACRETE. 


  • H.C.M:
Se aumentó significativamente la cobertura del seguro HCM para todos los trabajadores y trabajadoras activos, jubilados y pensionados de 50.000 Bs. por patología a la siguiente manera:

AÑO
2015
2016
2017
PATOLOGÍA
50.000 Bs.
100.000 Bs.
150.000 Bs.
EXCESO
------------
50.000 Bs.
100.000 Bs.

NOTA 1: El IPASME a nivel nacional prestará los servicios de atención primaria de salud (APS)
NOTA 2: Beneficiarios cónyuge o con quien mantenga unión estable de hecho, padres sin límites de edad, hijos hasta los 18 años y hasta los 23 años si están cursando estudios universitarios, o sin límite de edad si tienen una o más discapacidades físicas o mentales graves o severas, debidamente certificadas por el órgano con competencia en la materia.
NOTA 3: La cobertura por concepto de maternidad únicamente aplicará para el titular o para la cónyuge o persona con quien el trabajador mantiene unión estable de hecho.  



  • CLÁUSULA NUEVA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES PERSONALES Y FALLECIMIENTO
Este beneficio ampara a los trabajadores y las trabajadoras Activos, Contratados, Jubilados y Pensionados dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Educación, establecido de la siguiente manera:

Indemnización por Accidente
Indemnización por Fallecimiento
50.000 Bs.
200.000 Bs.



  • SERVICIOS FUNERARIOS
Este beneficio ampara a los trabajadores y las trabajadoras Activos, Contratados, Jubilados y Pensionados dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Educación, el cual ofrece la siguiente cobertura:

ANTES
AHORA
14.000 Bs.
100.000 Bs.

PERSONAS BENEFICIARIAS: (CÓNYUGE O PERSONA CON QUIEN MANTENGA UNIÓN ESTABLE DE HECHO, PADRES E HIJOS SIN LIMITES DE EDAD)


  • CONFORMACIÓN DE REPOSOS ANTE EL IPASME
Los reposos médicos emitidos a las y los trabajadores, por entes públicos o privados se convalidarán de forma indistinta ante el IPASME o IVSS.

 
  • ASIGNACIONES PARA LAS Y LOS TRABAJADORES JUBILADOS Y PENSIONADOS
Las y Los Jubilados y Pensionados recibirán,  en los mismos términos que se acuerda a los funcionarios activos, la Bonificación de Fin de Año, el Bono Recreacional, Contribución por Semana Mayor, Contribución Navideña, los Servicios Funerarios y los Servicios de Salud.


  • AYUDA ECONÓMICA PARA CÓNYUGES DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES FALLECIDOS
Se acordó una ayuda económica mensual a la o el cónyuge de una trabajadora o trabajador fallecido que a la fecha de su deceso tenga: de cinco (5) años o más de servicio, no reúna los requisitos para la jubilación, no deje pensión de sobreviviente, a la vez que la o el cónyuge no tenga empleo formal.  
2016
2017
8.000 Bs. MENSUALES
9.600 Bs. MENSUALES

NOTA 1: Queda entendido que dicha ayuda cesará si el beneficiario contrae nuevas nupcias, celebre unión estable de hecho u obtiene un empleo formal. 
NOTA 2: El beneficio aplica en los mismos términos a las personas con quien la trabajadora o el trabajador fallecido mantuviera unión estable de hecho al momento de su fallecimiento.







CONDICIONES DEL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO

  • JORNADA LABORAL
Se ratificó las seis (6) horas diarias para las y los trabajadores que prestan servicios en instituciones educativas con matrícula escolar.
Para aquellos trabajadores que prestan servicios en las sedes MPPE, Zonas Educativas y demás Dependencias Administrativas.

SE REDUJO LA JORNADA LABORAL
ANTES
AHORA
CUARENTA (40) HORAS SEMANALES.
TREINTA Y CINCO (35) HORAS SEMANALES.



  • COMPENSACIÓN POR JORNADA NOCTURNA
Se ratificó una compensación por jornadas nocturnas equivalente al treinta por ciento (30%) adicional previsto en el ordenamiento jurídico vigente. 


  • HORAS EXTRAORDINARIAS
EL MPPE se compromete en cancelar al personal obrero las horas extraordinarias con un recargo del cincuenta por ciento  (50%) sobre el salario fijado para la jornada ordinaria e igualmente un recargo del treinta por ciento (30%) adicional si se trata de jornadas nocturnas.


  • DÍAS FERIADOS
SE RATIFICA EL 7 DE NOVIEMBRE COMO DÍA DEL TRABAJADOR EDUCACIONAL (LIBRE Y REMUNERADO).

  • MANUAL DE CLASIFICACIÓN DE CARGOS DEL PERSONAL OBRERO
Se acordó designar una comisión para elaborar un nuevo manual de clasificación de cargos del personal obrero, donde se establezca una metodología de clasificación, ingreso y ascenso acorde con la realidad actual.


  • RECONOCIMIENTOS, CONDECORACIONES Y PREMIACIONES
Las y Los Obreros Educacionales participaremos en las siguientes descripciones: 
RECONOCIMIENTO “LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA”.
ORDEN “HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS”.
1RO. DE MAYO “DÍA INTERNACIONAL DEL TRABAJADOR Y LA TRABAJADORA.
PREMIO “DON RÓMULO GALLEGOS”
ORDEN “ANDRÉS BELLO”
ORDEN “SIMÓN RODRÍGUEZ”
PREMIO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA “DON SIMÓN RODRÍGUEZ”
PREMIO NACIONAL DE PEDAGOGÍA “ANDRÉS BELLO”.
DÍA DEL TRABAJADOR EDUCACIONAL
PERMISO POR ESTUDIO

Para las y los Trabajadores que cursen estudios de Pregrado y Postgrado.
ANTES
AHORA
CINCO (5) HORAS SEMANALES
DIEZ (10) HORAS SEMANALES


  • PERMISO REMUNERADO PARA EL DESARROLLO Y REPRESENTACIÓN EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ARTÍSTICAS, CULTURALES, CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS
Las partes acuerdan otorgar permiso remunerado y de obligatoria concesión a las y los trabajadores que sean seleccionados para representar al municipio, al estado o la nación en competencias deportivas artísticas, culturales, científicas y tecnológicas a nivel nacional o internacional.
NOTA: Las partes acuerdan otorgar permiso remunerado y de obligatoria concesión a las y los trabajadores que participen de disciplinas deportivas, organizaciones culturales y artísticas, así como los que integren equipos de desarrollo científico y tecnológico hasta por seis (6) horas semanales.


  • PERMISO POR CONVALENCIA DE UN FAMILIAR
(CUIDADO DE PADRES, HIJOS, CÓNYUGE O PERSONA CON QUIEN MANTENGA UNIÓN ESTABLE DE HECHO Y HERMANOS).

ANTES
AHORA
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES AL AÑO
VEINTE (20) DÍAS HÁBILES AL AÑO

NOTA: Este permiso podrá ser extendido hasta por un (1) año si se demuestra suficientemente la extrema necesidad de la atención personal de la trabajadora o el trabajador al familiar convaleciente para garantizar su derecho al cuidado oportuno y a la vida. 

  • PERMISOS REMUNERADOS POR COMPARECENCIA ANTE AUTORIDADES
EL MPPE otorgará permisos remunerados de obligatoria concesión  y por el tiempo que corresponda a las y los Trabajadores que deban comparecer ante Autoridades Legislativas, Administrativas o Judiciales.

  • PERMISO PARA EJERCER CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN O DE ELECCIÓN POPULAR
El MPPE se compromete a conceder permiso no remunerado a las y los trabajadores que ocupen cargos de libre nombramiento y remoción o para ejercer cargos de elección popular.


  • OTROS PERMISOS REMUNERADOS
El MPPE conviene en otorgar permisos remunerados hasta por diez (10) días al año y hasta por tres (3) días consecutivos, para efectuar trámites o gestiones personales, familiares o legales ante organismos públicos o entes privados.






CLÁUSULAS SINDICALES

  • TRANSPARENCIA, CORRESPONSABILIDAD Y RENDICIÓN DE CUENTAS
El MPPE así como sus entes adscritos convienen en efectuar informes periódicos de rendición de cuentas de sus respectivas gestiones y publicarlos en los medios electrónicos.
El MPPE promoverá consultas periódicas a Las y Los Trabajadores, por diferentes medios orientadas a evaluar el nivel de satisfacción con los servicios de salud, funerarios y otros prestados por terceros o por el propio Ministerio.  
Las organizaciones sindicales signatarias velarán por el fiel cumplimiento de esta cláusula y harán la contraloría social correspondiente.


  • DERECHOS INDIVIDUALES DE LA LIBERTAD SINDICAL
Este derecho se traduce en la libertad de sindicalización que tienen las y los trabajadores, es decir, libertad de afiliación o desafiliación de las organizaciones sindicales.


  • FUERO SINDICAL  
Se ratifica el derecho consagrado en la ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras de mantener la inamovilidad laboral, y desde ahora los Dirigentes Sindicales no podrán ser sometidos a procesos de Jubilación a menos que soliciten dicha jubilación.



  • CONTRIBUCIÓN Y DESCUENTO SINDICAL
El MPPE conviene en descontar a las y los trabajadores la cuota ordinaria o extraordinaria según los estatutos internos de la organización sindical. dichos descuentos serán entregados a la organización sindical que corresponda, se ratifica que en ningún caso estos descuentos podrán ser suspendidos, retenidos, ni eliminados.


  • LICENCIA SINDICAL
El MPPE otorgará licencia remunerada a las y los directivos de las organizaciones sindicales para que ejerzan las actividades inherentes al cargo para el cual fueron electos.
- DIEZ (10) MIEMBROS DE LA DIRECTIVA NACIONAL DE FETRAEDUCACIONALES.
-   NUEVE (9) MIEMBROS PARA CADA UNO DE LOS SINDICATOS REGIONALES.
Adicionalmente se concederá licencia por dos (2) días de la jornada semanal:
-         TRES (3)  DIRECTIVOS DE FETRAEDUCACIONALES.
-         DOS (2) DIRECTIVOS DE CADA UNO DE LOS SINDICATOS.
El MPPE podrá otorgar licencias adicionales a las organizaciones sindicales por condiciones especiales.

NOTA 1: El Trámite lo realizará FETRAEDUCACIONALES consignando el acta de totalización y adjudicación emitida por la comisión electoral correspondiente NO HACE FALTA LA GACETA ELECTORAL
NOTA 2: Si el MPPE en un lapso no menor de veinte (20) días hábiles, no ha emitido las resoluciones respectivas, las organizaciones sindicales harán efectivas las licencias.


  • LICENCIAS PARA LOS MIEMBROS DE LAS COMISIONES ELECTORALES
Se conviene en otorgar permiso remunerado a las y los trabajadores que resulten electos para formar parte de las comisiones electorales, durante el tiempo que sea necesario a objeto de cumplir con las funciones asignadas mientras dure el proceso, según cronograma emitido por el consejo nacional electoral.

  • CARTELERA SINDICAL
Se ratificó el compromiso por parte del despacho educativo de instalar carteleras para uso exclusivo de las organizaciones sindicales en cada plantel o dependencia del MPPE


  • INGRESO A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y OTROS CENTROS DE TRABAJO
El MPPE conviene en permitir a las y los integrantes de las Juntas Directivas de las Organizaciones Sindicales, integrantes de los Consejos de Administración, Vigilancia y Delegados Regionales de CACRETE, donde laboran afiliados o socios dentro de los horarios de trabajo. 


  • PERMISOS PARA ASISTENCIA A ASAMBLEAS DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
El MPPE concederá permiso a todas y todos los trabajadores  cada vez que sean convocados por las organizaciones sindicales a asambleas de carácter sindical o laboral que requieran su presencia las asambleas podrán ser (nacionales, regionales, municipales o parroquiales). En todo caso la ausencia al lugar de trabajo por este motivo no se considerará como abandono de cargo o inasistencia injustificada.   


  • COMPENSACIÓN SUSTITUTIVA POR INEXISTENCIA DE EVALUACIÓN PARA LOS DIRIGENTES SINDICALES  Y MIEMBROS DE CACRETE

20% SOBRE EL SALARIO BASE





DIRECTIVOS DE FETRAEDUCACIONALES
DIRECTIVOS DE LOS SINDICATOS
CONSEJOS DE ADMINSITRACIÓN, VIGILANCIA Y DELEGADOS REGIONALES DE CACRETE


  • DISFRUTE DE VACACIONES ANUALES DE LAS Y LOS DIRIGENTES SINDICALES, ASÍ COMO DIRECTIVOS Y DELEGADOS DE CACRETE.
Las y Los Trabajadores electos a cargos dentro de la Directiva Nacional de FETRAEDUCACIONALES, Sindicatos Regionales y Miembros de los Consejos de Administración, Vigilancia y Delegados Regionales de CACRETE acumularán sus períodos vacacionales por el tiempo que dure el ejercicio del cargo. Una vez que las y los trabajadores cesen en las funciones para las cuales fueron electas o electos, se incorporarán a su cargo en su Unidad Administrativa de Adscripción y deberán tramitar ante la instancia correspondiente, el disfrute de todas las vacaciones vencidas que hayan acumulado en el ejercicio de su Actividad Sindical o en CACRETE. 


  • PERMISO REMUNERADO PARA LOS MIEMBROS ELECTOS DE CACRETE DIRECTIVOS NACIONALES, DELEGADOS Y COMISIONES ELECTORALES.
Las y Los Trabajadores que resulten electos para ocupar cargos directivos del consejo de administración, vigilancia y delegados regionales gozarán de permiso remunerado y a tiempo completo mientras dure su gestión administrativa en la asociación.
Igualmente se otorgará permiso remunerado por el tiempo que sea necesario a las y los Asociados que resulten electos para formar parte de la Comisión Electoral Principal y las Sub-Comisiones Electorales Regionales de CACRETE


  • PERMISO PARA LOS SOCIOS PARA ASISTIR A LAS ASAMBLEAS CONVOCADAS POR CACRETE.

Se concederá día libre y remunerado a todas y todos los trabajadores asociados cuando sean convocados por CACRETE, a asambleas generales u otros eventos nacionales, regionales, municipales o parroquiales que requieran su presencia.









EL CONTRATO DE OBREROS DEL MPPE 2013-2015














(ACTUALIZADO AL 29-10-2013)


TABULADOR  POR GRADOS












AGUINALDOS 2016

RETROACTIVO = 45 DÍAS (30-11-2016)
DICIEMBRE = 45 DÍAS       (30-11-2016)

27-10-2016: Presidente adelantó pago de Aguinaldos. Aumentó Salario Mínimo y Cesta Ticket desde el 01-11-2016. Para todos los Tabuladores se aumenta el 20% del Salario. Este aumento tiene incidencia en los Aguinaldos, por tanto, queda pendiente retroactivo por incidencia sobre Aguinaldos.

28-10-2016: El Departamento de Nómina decidió actualizar sueldos por aumento del 01-11-2016 para no trabajar doble, pagando luego, nómina especial con retroactivo. Por lo tanto, se mantiene fecha de pago de 1era Parte para después del 11-11-2016.
Oficialmente, la Cesta Ticket y el Bono de Salud no entrarán en el cálculo de aguinaldos.

01-11-2016: Se quedaron con las ganas los de Nómina y tendrán que trabajar doble. Se está pagando con el sueldo al 31-10-2016. El 07-11-2016 se depositará el retroactivo correspondiente a 60 días.

05-11-2016: Asumamos error en tweet del Ministro y que son 60 días pagados y no 70 días. El Personal Fijo que recibió por debajo de 70 mil bs, puede ser por jubilación del 10-10-2016. En ese caso, quedan pendientes aguinaldos como Jubilados y eso se los cancelarán en sus prestaciones sociales. 

09-11-2016: Suponemos que decidieron pagar primero quincena que el retroactivo correspondiente a los 60 días. 

14-11-2016: La nómina del retroactivo estaba montada con orden de pago para el 11-11-2016, después de las 5:00 pm, pero, a última hora, hubo contraorden. No hay fecha confirmada por los momentos. Solo se sabe que será en esta semana.

15-11-2016: Cancelaron el retroactivo de la Primera Parte de los Aguinaldos, y con respecto a 70 días, esto fue ratificado una vez más en la cuenta twitter del Ministro, lo cual echa por tierra, la posibilidad de un error con respecto a los 60 días, por lo que la Segunda Parte de los Aguinaldos, será entonces, TREINTA Y CINCO DÍAS.

04-12-2016: El 30-11-2016 Cancelaron Segunda Parte de los Aguinaldos con su respectivo retroactivo. Queda aclarado que el Ministro publicó DOS VECES en su cuenta twitter que en la Primera parte, se habían cancelado 70 días. Solo hizo REFERENCIA O EQUIVALENCIA a lo que representaban SESENTA DÍAS a salario integral que fue, lo que realmente se deposi en esa oportunidad. Por lo tanto, los 45 días restantes fueron cancelados el 30-11-2016.











EN JULIO NOS DEPOSITARAN UN EQUIVALENTE DE 130 DÍAS A SALARIO INTEGRAL

(Personal Fijo = 40 días de vacaciones, 30 días de útiles escolares y 60 días de uniforme)

(Personal Contratado = 30 días de útiles escolares, 60 días de uniforme y vacaciones al cumplir año de servicio según Print)

SALARIO INTEGRAL DIARIO = últimas 24 quincenas + últimas doce cestas tickets + últimas 24 compensación obrero + últimos 24 bonos bolivarianos + últimos 24 bonos nocturnos + vacaciones del año pasado, uniformes del año pasado + útiles escolares del año pasado + aguinaldos del año pasado + juguetes del año pasado. ESTE TOTAL LO DIVIDEN ENTRE 365 DÍAS.











lunes, 16 de junio de 2014


Adelanto de Prestaciones solo para "Obreros"

Recaudos generales que debe consignar en el Piso 7 del MPPE, el Personal OBRERO, titular y con diez o más años de servicio, ordenados debidamente en una carpeta amarilla plenamente identificada.



1.- Exposición de motivos, debidamente firmada indicando DIRECCIÓN, TELÉFONO de ubicació.

2.-Fotocopia a COLOR de la Cédula de Identidad legible y ampliada.

3.- Dos últimos recibos de pago impreso de la página web www.me.gob.ve debidamente sellado y firmado por el plantel o dependencia donde se encuentra adscrito.

4.- Fotocopia legible de Cuenta Bancaria contentiva de 20 digitos (NO PUEDE SER MANCOMUNADA) de ser Banco Mercantil, tendrá que traer referencia bancaria.

5.- En caso de ser casado (a) deberá consignar Acta de Matrimonio, Autorización y Cédula de Identidad del cónyuge, si es viudo (a) copia del Acta de Defunción, si es Divorciado (a) Copia del Acta de Divorcio.



REQUISITOS A CONSIGNAR SEGÚN MOTIVO DE SOLICITUD
 

6.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA: Copia de la Opción de Compra - Venta notariada o registrada, copia del documento de propiedad debidamente registrado y en caso de estar ubicado el inmueble en terreno municipal, consignar titulo supletorio autenticado por un juzgado o un Sindico Procurador Municipal, si la vivienda a adquirir en conjunto con el cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y cédula de identidad.


7.- REPARACIÓN DE VIVIENDA: Copia del documento debidamente registrado, si este no esta a nombre del solicitante debe anexar autorización simple del propietario del inmueble, copia cédula de identidad del propietario del inmueble y carta de residencia del solicitante. En caso de estar ubicado el inmueble en terreno municipal, consignar título supletorio autenticado por un Juzgado o un Síndico Procurador Municipal, de estar la vivienda en conjunto con su cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y cédula de identidad y de ser padres deberá consignar autorización de los propietarios y Carta de Residencia, Original del Presupuesto General de reparación de la vivienda (con dirección y teléfono de la empresa, número de presupuesto, RIF, sello húmedo, firma, IVA, fecha, nombre, Cédula de Identidad y Dirección del Beneficiario), fotografía de las áreas a reparar, según presupuesto.


8.- CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA: Copia del documento de propiedad debidamente registrado, de ser propietarios en conjunto con su cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y cédula de identidad y de ser padres deberá consignar autorización de los propietarios, Permisología de la Alcaldía para la construcción, Original del Presupuesto General de la Construcción de la Vivienda (con dirección y teléfono de la empresa, número de presupuesto, RIF, sello húmedo, firma, IVA, fecha, Nombre, Cédula de Identidad y Dirección del Beneficiario), fotografía de las áreas a construir.


9.- LIBERACIÓN DE HIPOTECA: Copia del Documento de Constitución de hipoteca, de ser la vivienda adquirida en conjunto con su cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y cédula de identidad del mismo. Borrador de liberación de hipoteca y estado de cuenta del Crédito Hipotecario firmado y sellado por el ente quien lo admite.


10.- ATENCIÓN MÉDICA: Original del Informe Médico actualizado, Original del Presupuesto o facturas certificadas por la institución que lo expide. En caso de ser para el cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y cédula de identidad del mismo, y en caso de para hijo (s) partida de nacimiento y copia de la cédula de identidad.


11.- PENSIONES ESCOLARES: Constancias de Estudios. Constancia de Inscripción, Planes y/o Convenios de Pago. En caso de ser para el cónyuge debe consignar acta de matrimonio, autorización y Cédula de Identidad del mismo, y en caso de ser para los hijos, partida de nacimiento y copia de la Cédula de Identidad


NOTA: CONSIGNAR RECAUDOS LO MÁS PRONTO POSIBLE.


Recaudos Fallecidos:

Dos(2) Fotoopias del Acta de Defunción.

Dos(2) Fotocopias de la Cédula de Identidad del Fallecido.

Dos (2) Fotocopias de la Declaración de Únicos y Universales Herederos.

Dos(2) Fotocopias de la cédula de identidad de los Herederos.

Declaración Sucesoral emitida por el SENIAT. Sólo Banco Industrial de Venezuela.


Casados:

Dos (2) Fotocopias del Acta de Matrimonio.

Dos (2) Fotocopias de la cédula de identidad de la Viuda o del Cónyuge.

Fotocopia de la declaración de perpetua memoria expedida por un tribunal.


Recaudos de Tener Hijos Menores de Edad:

Dos (2) Fotocopias de la Partida de Nacimiento.

Dos (2) Fotocopias del pronunciamiento de un tribunal de Protección al niño y al adolescente.

Dos (2) Fotocopias de la carta sucesoral, emitida por el SENIAT. (En caso de tener cuenta de fideicomiso en el Banco Industrial).

Nota: Traer la dirección de una Agencia del BIV, ubicada en el sitio de residencia y nombrar algún número telefónico de alguno de los herederos.










BECA MARCO 2014
(DEL 28-4-2014 AL 31-05-2014)


Para Nuevas Solicitudes:
  • Copia de Partida de Nacimiento del Hijo/Hija.
  • Copia de Cédula del Hijo/Hija.
  • Constacia de Estudio y de Inscripción VIGENTE (Incluye Universidad).
  • Boletín del 2do. Lapso o Constancia de Notas.
  • Una foto tipo carnet del Hijo/Hija.
  •  Copia de Cédula del Trabajad@r.
  • Copia del último vaucher.
  • Una carpeta amarilla.


Para Renovaciones:
  • Copia de Cédula del Hijo/Hija.
  • Constancia de Estudio y de Inscripción VIGENTE (Incluye Universidad).
  • Boletín del 2do. Lapso o Constancia de Notas.
  • Copia de Cédula del Trabajad@r.
  • Copia del último vaucher.
  • Una carpeta amarilla.
NOTA: Estos recaudos pueden entregarlos en la sede de su Sindicato.









lunes, 01 de julio de 2013


CENSO DE MISIÓN VIVIENDA PARA EL PERSONAL OBRERO DEL MPPE: Este censo que forma parte del beneficio establecido en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, está siendo utilizado para afiliación sindical.
Sindicatos Paralelos se están dando a la tarea de visitar planteles para solicitarles información, documentos personales y firma, al Personal Obrero. Con todo esto, los desafiliarán de los sindicatos legales y los afiliarán a los de ellos sin ustedes saberlo; no les firmen nada ni les den información personal, porque si no, vendrán descuentos no autorizados por ustedes.
(Fuente: CICERÓN)